From 1 - 1 / 1
  • Categories  

    Conjunto de Entidades singulares de población existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. Se considerará como Entidad singular de población a cualquier área habitable del término municipal, habitada o, excepcionalmente deshabitada, claramente diferenciada dentro del mismo, y que es conocida por una denominación específica que la identifica sin posibilidad de confusión.